Una federación que verifica tiene que enseñar también lo que encuentra. Aquí están las sanciones vigentes y los controles aplicados por temporada.
Por qué existe esta página
La verificación no sirve si se guarda
Esta federación le pide a sus atletas que confíen en un polígrafo, en un laboratorio y en un panel de jueces. Esa confianza solo se sostiene si el resultado del proceso es público, también cuando incomoda.
Al final de cada temporada se elabora un informe con los controles realizados, los positivos que hubieran tenido lugar, las sanciones aplicadas y las sanciones en vigor de temporadas anteriores. Este registro es la versión consultable de ese informe.
Publicarlo no es una exhibición: es la contraparte de exigir diez años limpios. Si nadie puede comprobar que el estándar se aplica, el estándar no existe.
Base del registro
Con consentimiento del atleta
Al adherirse a la federación y al inscribirse a los campeonatos, los atletas dan su consentimiento para que sus nombres, los resultados de sus test antidopaje y sus sanciones puedan formar parte de este informe.
Está escrito en el acuerdo antidopaje que se firma al afiliarse.
No todas las anotaciones tienen el mismo peso ni el mismo origen.
Sanción vigente
El atleta no puede competir ni inscribirse durante el periodo indicado. El plazo corre desde la fecha de la falta, no desde la publicación.
Sanción cumplida
El periodo terminó. El atleta puede volver a solicitar afiliación y someterse nuevamente a los dos filtros como cualquier otro.
Expulsión definitiva
Desde enero de 2022, no aprobar el control de orina o el polígrafo por esteroides, hormonas de crecimiento, péptidos o SARMs conlleva sanción de por vida.
Resultado anulado
La colocación obtenida se retira del ranking. Ocurre cuando el control falla después de que el atleta ya subió al podio.
Sobre el uso de esta información
Este registro existe para consulta legítima: verificar la elegibilidad de un atleta antes de firmarlo, patrocinarlo o inscribirlo. No es material para hostigar a nadie. Una sanción cumplida no habilita a acosar a una persona que ya pagó su consecuencia, y hacerlo puede constituir por sí mismo una falta conforme al código disciplinario.
El procedimiento
Cómo se determina una sanción
Ninguna anotación de este registro nace de una denuncia en redes ni de una sospecha.
1
Se detecta la infracción
Por resultado de laboratorio, por no aprobación del polígrafo, por conducta durante el evento o por un reporte formal con evidencia.
2
Se verifica
Los hallazgos de laboratorio pasan por cribado y confirmación. Los reportes se revisan contra la evidencia aportada, nunca sobre la palabra de una parte.
3
Se determina el plazo
Según el artículo aplicable del código disciplinario y su nivel de gravedad. Las determinaciones se toman caso por caso.
4
Se notifica al atleta
Antes de cualquier publicación, la persona afectada es informada directamente por la federación.
5
Se publica
La sanción se incorpora al registro y al informe anual de la temporada.
El estándar que se aplica
Lo mismo para todos
No hay excepciones por trayectoria, patrocinio, invitación ni colocación obtenida. El protocolo es idéntico para el debutante y para el campeón.
10
Años de ventana de elegibilidad
2
Filtros obligatorios
41
Sustancias en el panel
100
% de los competidores, sin sorteo
Canal confidencial
¿Detectaste algo con pruebas?
Si sabes de un caso de dopaje o de una irregularidad en el proceso y cuentas con evidencia, no lo publiques en redes: repórtalo. El canal no registra tu identidad y puedes adjuntar archivos.
Un reporte sin evidencia no puede derivar en sanción. La palabra de una persona contra otra no basta para actuar, y actuar sin base sería el tipo de arbitrariedad que este registro existe para evitar.
Si consideras que hay un error en tu anotación, escríbenos directamente. Los datos del registro se corrigen cuando hay un error material comprobable.
Lo que no se revisa por esta vía es el fondo de la sanción: el resultado del laboratorio es vinculante conforme al acuerdo que firmaste, y el fallo del panel es inapelable.